18 Feb Servicio de Representación en Países Bajos. Obligatorio a partir del 01/03/2020
Nuevo Servicio de Representación en Países Bajos. Obligatorio a partir del 01/03/2020
A partir del día 01 de marzo de 2020, Holanda se suma al resto de países que ya han regulado sus ordenamientos jurídicos nacionales la Directiva europea sobre trabajadores desplazados (salario mínimo). Estos países son Alemania, Francia, Italia, Austria, Luxemburgo, Bélgica, Islandia y Noruega.
Aunque ya se podrán realizar notificaciones desde el día 10 de febrero en el portal, no será hasta el 1 de marzo cuando Holanda exija que se realice de forma obligatoria. Estableciendo de este modo que todas aquellas empresas que de forma temporal desplacen a sus trabajadores a dicho país, deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias que el Ministerio de Trabajo de los Países Bajos establece respecto al pago del salario mínimo holandés, entre otras cuestiones, que está fijado en 1.653,60 euros mensuales.
Las empresas y trabajadores por cuenta propia que estén temporalmente activas como proveedores de servicios en los Países Bajos deberán registrar a sus empleados a partir del 1 de marzo, a través de un sistema digital que ha puesto en marcha el Ministerio holandés de Asuntos Sociales y Trabajo.
Será obligatorio cumplir con la Representación de trabajadores en el extranjero cuando exista un transporte de mercancías entre dos puntos de los Países Bajos (cabotaje), o si se carga o descarga en los Países Bajos como parte de un transporte internacional, debiendo realizar la notificación antes de que se lleve a cabo el trabajo. Conllevando una sanción de hasta 12.000 € si no se cumple con lo establecido.
Holanda ha decidido que el representante necesario en Holanda NO HA DE TENER UN DOMICILIO DECLARADO.
¿Que quiere decir esto?
Atendiendo a su normativa, el representante del trabajador podía ser el propio trabajador, pero al necesitar declarar un domicilio, este trámite se complicaba para los transportistas, ya que no disponen de un domicilio en los Países Bajos, lo que obligaba a contratar un representante profesional en dicho país.
Holanda ha rectificado, y ha modificado su normativa para PERMITIR QUE EL CONDUCTOR SEA SU PROPIO REPRESENTANTE aún no teniendo domicilio en Holanda.
¿Que debo hacer para tener representados a mis conductores en Holanda?
Para Representar a tus trabajadores en los Países Bajos tienes 2 opciones:
Este trámite se puede realizar directamente con el gobierno Holandés a través de internet (Web de representación de Holanda), aunque también seguimos ofreciendo la posibilidad de contratar un servicio de representación con el que tu empresa tendrá a un profesional para asesorarte en todo el proceso.
Recordamos que en los próximos 6 mese (hasta el 1 de Septiembre) nos encontramos en un “periodo de gracia” donde no se multará por no llevar la documentación relativa a la representación de los trabajadores desplazados.
¿Sabes si necesitas Representación de trabajadores desplazados
En el extranjero?(Países Bajos, Francia, Italia, Alemania o Austria)
Visita nuestra guía sobre representación de trabajadores desplazados
SETIR