Servicios Especiales TIR, S.L.


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GASÓLEO PROFESIONAL

Siempre que los vehículos cumplan las características que fija la ley, por cada litro de gasóleo A que consuman, la Agencia Tributaria devolverá a sus titulares parte de los impuestos con los que está grabado dicho combustible.

Desde el 1 de enero de 2007, todos los transportistas de la Unión Europea pueden recuperar parte de ese impuesto.

Para ello deberá:

a) Pagar sus consumos con las tarjetas de gasoil autorizadas.
b) Estar registrado en la Hacienda española.

Desde el 1 de enero de 2012, las cantidades que se pueden recuperar son 1 EUR/1000 litros con un máximo de 50 euros por año y por camión – con algunas variantes según las Comunidades Autónomas.

Además, podrá recuperar con nosotros el IVA de todas sus facturas beneficiándose de nuestras condiciones especiales como cliente.

Si desea contratar este servicio o solicitar información complementaria, puede ponerse en contacto con el Departamento Comercial


CÉNTIMO SANITARIO

El llamado “céntimo sanitario” o Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) se creó en 2002 para financiar determinados gastos sanitarios y medioambientales.

La Comisión Europea considera que
no es compatible con la normativa comunitaria y por ello, es probable, que se pueda solicitar pronto la devolución de las cuotas del impuesto indebidamente soportadas por las empresas.

SETIR ya le ofrece la
posibilidad de tramitar y reclamar las cantidades adeudadas, más los intereses de demora correspondientes.

Además,
podrá recuperar con nosotros el IVA de todas sus facturas beneficiándose de nuestras condiciones especiales como cliente.

Si desea contratar este servicio o solicitar información complementaria, puede ponerse en contacto con el Departamento Comercial.

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